Resolución N.° 000693-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
21 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00211-2022-JUS/TTAIP de fecha 27 de enero de 2022, interpuesto por CARLOS ENRIQUE RIVERA SALAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA con Expediente Nº 2783314 de fecha 07 de enero de 2022.
Con fecha 07 de enero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“COPIAS SIMPLES DEL EXPEDIENTE PRESENTADO, POR MUNCHIES 420 E.I.R.L. IDENTIFICADO CON REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTE (RUC) N° 20603100647, CON FECHA 26 DE AGOSTO DEL 2021 PARA SOLICITAR LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA.”
Con fecha 27 de enero de 2022, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000538-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
La entidad a través del Oficio N° 459-2022-GRA/SG de fecha 18 de marzo de 2022, remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública.
Al respecto, se advierte que mediante Oficio N° 458-2022-GRA/SG de fecha 18 de marzo de 2022, la entidad hace llegar al recurrente copia de los oficios N°s 73-2022- GR/PPR y 081-2022-GRA/GRS/GR-DESP. Asimismo, a través del Oficio N° 081-2022-GRA/GRS/GR-DESP la entidad señala que “no se puede brindar información porque los datos de la empresa son incompletos. La Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas brinda información de Establecimientos de Salud públicos y privados.”
Con fecha 07 de enero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“COPIAS SIMPLES DEL EXPEDIENTE PRESENTADO, POR MUNCHIES 420 E.I.R.L. IDENTIFICADO CON REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTE (RUC) N° 20603100647, CON FECHA 26 DE AGOSTO DEL 2021 PARA SOLICITAR LA LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO DE LA EMPRESA.”
Con fecha 27 de enero de 2022, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada la referida solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000538-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos.
La entidad a través del Oficio N° 459-2022-GRA/SG de fecha 18 de marzo de 2022, remite el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública.
Al respecto, se advierte que mediante Oficio N° 458-2022-GRA/SG de fecha 18 de marzo de 2022, la entidad hace llegar al recurrente copia de los oficios N°s 73-2022- GR/PPR y 081-2022-GRA/GRS/GR-DESP. Asimismo, a través del Oficio N° 081-2022-GRA/GRS/GR-DESP la entidad señala que “no se puede brindar información porque los datos de la empresa son incompletos. La Dirección Ejecutiva de Salud de las Personas brinda información de Establecimientos de Salud públicos y privados.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala