Resolución N.° 000657-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
17 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00299-2022-JUS/TTAIP de fecha 4 de febrero de 2022, interpuesto por VICTOR MIRANDA MARTINEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UGEL AREQUIPA NORTE con fecha 12 de noviembre de 2021 con Registro N° 04150437.
Con fecha 12 de noviembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente: “copias simples de las planillas de abono del INCENTIVO LABORAL DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (CAFAE) de un Servidor del Grupo Ocupacional Profesional “C” de su representada, de los meses y años: agosto 2003, agosto 2007 y agosto 2011.”
Con fecha 7 de febrero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000505-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 2 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 8 de marzo de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 12 de noviembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le remita por correo electrónico lo siguiente: “copias simples de las planillas de abono del INCENTIVO LABORAL DE ASISTENCIA Y ESTIMULO (CAFAE) de un Servidor del Grupo Ocupacional Profesional “C” de su representada, de los meses y años: agosto 2003, agosto 2007 y agosto 2011.”
Con fecha 7 de febrero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la RESOLUCIÓN N° 000505-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 2 de marzo de 2022, notificada a la entidad en fecha 8 de marzo de 2022, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala