Resolución N.° 000624-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
15 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00176-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de enero de 2022, interpuesto por el SINDICATO ÚNICO DE TRABAJADORES ADMINISTRATIVOS DEL HOSPITAL SAN JOSÉ, representado por Gustavo Hans Córdova Quinto, contra el Oficio Nº 01-2022-GRC/RASAIP-HSJ-C de fecha 12 de enero de 2022, mediante el cual el HOSPITAL SAN JOSÉ denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Expediente N° 6524 de fecha 28 de diciembre de 2021.
Con fecha 28 de diciembre de 2021, a través del Oficio N° 031-2021-SUTRAADHSJ registrado con expediente Nº 6524, el recurrente solicitó la siguiente información:
“Copia del curriculum vitae documentado de los servidores del Hospital San José Callao que a continuación se detalla:
ACOSTA DEL POZO KATHERINE NELLY
BLAS MENDEZ ROXANA
CORDOVA CORDOVA VIVIANA YANELA.”
Mediante Oficio Nº 01-2022-GRC/RASAIP-HSJ-C de fecha 12 de enero de 2022, la entidad denegó la solicitud de acceso a la información pública, debido a que se presenta una de las excepciones que prevé la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al contener la solicitud información de carácter personal que puede afectar el derecho a la intimidad personal de los servidores que precisa en su solicitud.
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación contra dicho pronunciamiento ante la entidad, al considerar que “los curriculums vitae de los servidores del Estado contienen información de naturaleza pública en la medida que permite a los ciudadanos conocer si las cualidades profesionales que poseen responde al perfil y a los requisitos requeridos para el puesto, así como el nivel de capacitación o experiencia adquirida compatible con el ejercicio del cargo público que ostentan.”
Mediante Oficio Nº 110-2022-GRC/DE-HSJ la entidad, con fecha 24 de enero de 2022, elevó el citado recurso de apelación a esta instancia, indicando además que mediante Oficio Nº 11-2022-GRC/RASAIP-HSJ-C de fecha 21 de enero de 2022 reconsideró la denegatoria de acceso a la información pública, remitiendo al recurrente copias digitalizadas de las hojas de vida de los señores Katherine Nelly Acosta Del Pozo, Roxana Blas Méndez y Viviana Yanela Cordova Cordova.
Mediante Resolución N° 000510-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Con fecha 28 de diciembre de 2021, a través del Oficio N° 031-2021-SUTRAADHSJ registrado con expediente Nº 6524, el recurrente solicitó la siguiente información:
“Copia del curriculum vitae documentado de los servidores del Hospital San José Callao que a continuación se detalla:
ACOSTA DEL POZO KATHERINE NELLY
BLAS MENDEZ ROXANA
CORDOVA CORDOVA VIVIANA YANELA.”
Mediante Oficio Nº 01-2022-GRC/RASAIP-HSJ-C de fecha 12 de enero de 2022, la entidad denegó la solicitud de acceso a la información pública, debido a que se presenta una de las excepciones que prevé la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, al contener la solicitud información de carácter personal que puede afectar el derecho a la intimidad personal de los servidores que precisa en su solicitud.
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación contra dicho pronunciamiento ante la entidad, al considerar que “los curriculums vitae de los servidores del Estado contienen información de naturaleza pública en la medida que permite a los ciudadanos conocer si las cualidades profesionales que poseen responde al perfil y a los requisitos requeridos para el puesto, así como el nivel de capacitación o experiencia adquirida compatible con el ejercicio del cargo público que ostentan.”
Mediante Oficio Nº 110-2022-GRC/DE-HSJ la entidad, con fecha 24 de enero de 2022, elevó el citado recurso de apelación a esta instancia, indicando además que mediante Oficio Nº 11-2022-GRC/RASAIP-HSJ-C de fecha 21 de enero de 2022 reconsideró la denegatoria de acceso a la información pública, remitiendo al recurrente copias digitalizadas de las hojas de vida de los señores Katherine Nelly Acosta Del Pozo, Roxana Blas Méndez y Viviana Yanela Cordova Cordova.
Mediante Resolución N° 000510-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no fueron presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala