Resolución N.° 000512-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02778-2021-JUS/TTAIP de fecha 27 de diciembre de 2021, interpuesto por JENNIFER MILAGROS PILCO LIMACHE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la COMISARIA CENTRAL DE TACNA con fecha 29 de noviembre de 2021.
Con fecha 29 de noviembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad el envío por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia de la papeleta de infracción N° 119954
2. Copia de acta de intervención Policial o informe de la intervención del vehículo motorizado de placa N° 82422Z de fecha 23.11.2021.
3. Informe policial emitido por la Policía Nacional del Perú o el efectivo policial.
4. Acta o documento de internamiento de vehículo motorizado de placa N° 82422Z donde señale fecha y hora de internamiento y otros.
5. Acta o documento de internamiento o custodia de los dos (2) casos de motocicleta retenidos al momento de la intervención.
6. Documento con el cual la Policía Nacional o el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna la tarjeta de propiedad.
7. Documento con el cual la Policía Nacional o el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna el brevete de motocicleta a nombre de la señorita Jennifer Milagros Pilco Limache.
8. Informe policial emitido por la Policía Nacional.
9. Informe Técnico emitido por la Policía Nacional o en su defecto por el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna.
10. Informe Técnico emitido por la Policía Nacional y documento con el cual fue emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna.
11. Informe Policial emitido por la Policía Nacional y documento con el cual fue emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna
12. Nombre de los efectivos policiales que intervinieron al vehículo motorizado de placa N° 82422Z”. (sic)
Con fecha 27 de diciembre de 2021, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000317-2022-JUS_TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Con fecha 29 de noviembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad el envío por correo electrónico de la siguiente información:
“1. Copia de la papeleta de infracción N° 119954
2. Copia de acta de intervención Policial o informe de la intervención del vehículo motorizado de placa N° 82422Z de fecha 23.11.2021.
3. Informe policial emitido por la Policía Nacional del Perú o el efectivo policial.
4. Acta o documento de internamiento de vehículo motorizado de placa N° 82422Z donde señale fecha y hora de internamiento y otros.
5. Acta o documento de internamiento o custodia de los dos (2) casos de motocicleta retenidos al momento de la intervención.
6. Documento con el cual la Policía Nacional o el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna la tarjeta de propiedad.
7. Documento con el cual la Policía Nacional o el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna el brevete de motocicleta a nombre de la señorita Jennifer Milagros Pilco Limache.
8. Informe policial emitido por la Policía Nacional.
9. Informe Técnico emitido por la Policía Nacional o en su defecto por el efectivo policial emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna.
10. Informe Técnico emitido por la Policía Nacional y documento con el cual fue emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna.
11. Informe Policial emitido por la Policía Nacional y documento con el cual fue emitido a la Municipalidad Provincial de Tacna
12. Nombre de los efectivos policiales que intervinieron al vehículo motorizado de placa N° 82422Z”. (sic)
Con fecha 27 de diciembre de 2021, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando no haber recibido respuesta de la entidad dentro del plazo de ley, por lo cual considera denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000317-2022-JUS_TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos, sin haber recibido a la fecha documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala