Resolución N.° 000423-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de febrero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00100-2022-JUS/TTAIP de fecha 14 de enero de 2022, interpuesto por DIEGO ARMANDO RAFAEL RANDICH TEJEDA contra la Carta N° 023-2022-MSB-SG de fecha 7 de enero de 2022, a través de la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN BORJA, denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 2021-009443 de fecha 30 de diciembre de 2021.
Con fecha 30 de diciembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la “(…) relación de acuerdos interinstitucionales internacionales vigentes que haya suscrito su municipio.
En este sentido, tales acuerdos son aquellos suscritos por un gobierno local peruano con otra u otras entidades de Administración Pública de otro Estado. Por lo cuál, requiero una relación de acuerdos tanto bilaterales, como pueden ser los denominados acuerdos de hermanamientos, y/o acuerdos multilaterales, como los son aquellos suscritos entre redes de Gobiernos Locales.” [sic]
Con fecha 30 de diciembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico la “(…) relación de acuerdos interinstitucionales internacionales vigentes que haya suscrito su municipio.
En este sentido, tales acuerdos son aquellos suscritos por un gobierno local peruano con otra u otras entidades de Administración Pública de otro Estado. Por lo cuál, requiero una relación de acuerdos tanto bilaterales, como pueden ser los denominados acuerdos de hermanamientos, y/o acuerdos multilaterales, como los son aquellos suscritos entre redes de Gobiernos Locales.” [sic]
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala