Resolución N.° 000422-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de febrero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00090-2022-JUS/TTAIP de fecha 6 de enero de 2022, interpuesto por ROMULO GABRIEL CORONADO CALDERÓN contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el JURADO NACIONAL DE ELECCIONES (JNE) con Solicitud AIP Virtual ADX-2021-211584.
Con fecha 29 de diciembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, ya que requiere “(…) Información respecto del trámite dado a la denuncia de fecha 13 de abril del 2021, efectuada contra el jefe de cómputo del Jurado Especial de Coronel Portillo por parte del personero legal del partido político nacional Perú Libre”.
El 4 de enero de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Con fecha 29 de diciembre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico, ya que requiere “(…) Información respecto del trámite dado a la denuncia de fecha 13 de abril del 2021, efectuada contra el jefe de cómputo del Jurado Especial de Coronel Portillo por parte del personero legal del partido político nacional Perú Libre”.
El 4 de enero de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala