Resolución N.° 000385-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
16 de febrero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00114-2022-JUS/TTAIP de fecha 17 de enero de 2022, interpuesto por WILFREDO JHONY SANTOS ROMO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUARAL, con fecha 10 de diciembre de 2021, registrada con Expediente N° 23599.
Con fecha 10 de diciembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“1. Una copia del requerimiento, certificación presupuestal, cotizaciones y cuadro comparativo, orden de servicio, conformidad de servicio y comprobante de pago del servicio de 01 abogado solicitado por la Secretaria General para dar seguimiento a los requerimientos de información del Pleno de Concejo, según la certificación presupuestal N° 835 del 23 de junio 2021.
2. Una copia del informe de trabajo realizado y presentado a la entidad en el mes de junio 2021 por el abogado requerido por la Secretaria General, según la certificación presupuestal N° 835 del 23 de junio 2021”
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000259-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Con fecha 10 de diciembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad, la siguiente información:
“1. Una copia del requerimiento, certificación presupuestal, cotizaciones y cuadro comparativo, orden de servicio, conformidad de servicio y comprobante de pago del servicio de 01 abogado solicitado por la Secretaria General para dar seguimiento a los requerimientos de información del Pleno de Concejo, según la certificación presupuestal N° 835 del 23 de junio 2021.
2. Una copia del informe de trabajo realizado y presentado a la entidad en el mes de junio 2021 por el abogado requerido por la Secretaria General, según la certificación presupuestal N° 835 del 23 de junio 2021”
Con fecha 17 de enero de 2022, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 000259-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente, así como la formulación de sus descargos , los cuales, a la fecha del vencimiento del plazo otorgado, no se han presentado.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala