Resolución N.° 000238-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

28 de enero de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02764-2021-JUS/TTAIP de fecha 23 de diciembre de 2021, interpuesto por JORGE ANDÚJAR MORENO contra la Carta N° 0079-2021- FRAI-SISOL/MML notificada mediante el correo electrónico de fecha 13 de diciembre de 2021, a través del cual el SISTEMA METROPOLITANO DE LA SOLIDARIDAD - SISOL, atendió en forma parcial su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de noviembre de 2021.
Con fecha 30 de noviembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad le remita a su correo electrónico la siguiente información:
“1. Nombre de todos los ex funcionarios de SISOL a quienes se le han reconocido defensa legal por acciones legales, tales como demandas, denuncias fiscales, penales, procedimientos administrativos disciplinarios, iniciadas por SISOL en los años 2019-2020-2021, con sus respectivas resoluciones administrativas y documentación sustentaría.
2. Monto que se ha pagado a cada uno de los ex funcionarios indicados en el punto 1, con copia de los pagos, términos de referencia, ordenes de servicio y toda la documentación sustentaría correspondiente.” [sic]
Mediante la Carta N° 0079-2021-FRAI-SISOL/MML notificada mediante el correo electrónico de fecha 13 de diciembre de 2021, la entidad comunicó al recurrente lo siguiente:
“Es grato dirigirme a Usted para expresarle mi cordial saludo y, en atención a su solicitud presentada de conformidad con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, alcanzarle la respuesta enviada por el área poseedora de la información. Se adjunta copias y anexos correspondientes de la documentación solicitada. Finalmente, se cumple con el envió de la información al correo consignado en su solicitud(…).” [sic]
Con fecha 23 de diciembre de 2021, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, manifestando haber recibido información incompleta, mutilada e inexacta, precisando, además, que se omitió informar sobre los ex funcionarios Luis Rubio, Luis Llanos, Jorge Andujar, entre otros, solicitando se disponga la entrega de la información de manera exacta y precisa.
Mediante la Resolución N° 000118-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud del recurrente y la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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