Resolución N.° 000237-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de enero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02710-2021-JUS/TTAIP de fecha 15 de diciembre de 2021, interpuesto por RITA TANIA VERA CÉSPEDES contra la respuesta contenida en el correo electrónico de fecha 10 de diciembre de 2021, a través del cual la DIRECCIÓN NACIONAL DE INTELIGENCIA - DINI, atendió la solicitud de acceso a la información pública reencauzada mediante el Oficio N° 477-2021/MINEM-SG-OADAC de fecha 9 de diciembre de 2021.
Mediante el Oficio N° 477-2021/MINEM-SG-OADAC de fecha 9 de diciembre de 2021, la solicitud de la recurrente, mediante la cual requirió se le remita a su correo electrónico: “(…) LA LISTA CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES EN EL SECTOR ENERGIA REMITIDOS A LA DINI CONFORME LO SEÑALADO EN EL DS 106-2017-PCM. SOLICITO EL PLAN SECTORIAL DE SEGURIDAD PARA LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES EN EL SECTOR ENERGÍA. SOLICITO EL PLAN DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES DEL SECTOR ENERGÍA DE ACUERDO A LA NORMA TÉCNICA DE ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES.” [sic], fue reencauzada a la entidad.
Mediante el Oficio N° 477-2021/MINEM-SG-OADAC de fecha 9 de diciembre de 2021, la solicitud de la recurrente, mediante la cual requirió se le remita a su correo electrónico: “(…) LA LISTA CON LA IDENTIFICACIÓN DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES EN EL SECTOR ENERGIA REMITIDOS A LA DINI CONFORME LO SEÑALADO EN EL DS 106-2017-PCM. SOLICITO EL PLAN SECTORIAL DE SEGURIDAD PARA LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES EN EL SECTOR ENERGÍA. SOLICITO EL PLAN DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LOS ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES DEL SECTOR ENERGÍA DE ACUERDO A LA NORMA TÉCNICA DE ACTIVOS CRÍTICOS NACIONALES.” [sic], fue reencauzada a la entidad.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala