Resolución N.° 000232-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de enero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02753-2021-JUS/TTAIP de fecha 22 de diciembre de 2021, interpuesto por JULIO ERNESTO VALLADARES VILLARREAL contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CHANCAY, con fecha 18 de noviembre de 2021, registrada con Expediente N° 013912-2021.
Con fecha 18 de noviembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia fedateada de lo siguiente:
1) “Las Bases del Concurso Público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria, para selección de UN EJECUTOR COACTIVO.”
2) “Solicitudes de presentación de los postulantes, donde obre la declaración jurada de ética, currículo vitae y demás documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que exige la ley para el puesto de ejecutor coactivo, por parte de todos los postulantes al concurso público de mérito N° 004-2021-MDCH, 3ra convocatoria.”
3) “Resultado de la evaluación curricular de conocimientos y entrevista personal de todos los candidatos participantes, al concurso público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria.”
4) “Cuadro de Méritos del resultado final del concurso público, del concurso público de mérito N° 004-2021-MDCH, 3ra convocatoria.”
5) “Contrato firmado con el ganador del concurso público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria.”
Con fecha 23 de diciembre de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000042-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de enero de 2022, notificada a la entidad en fecha 19 de enero del mismo año, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Con fecha 18 de noviembre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad que le brinde copia fedateada de lo siguiente:
1) “Las Bases del Concurso Público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria, para selección de UN EJECUTOR COACTIVO.”
2) “Solicitudes de presentación de los postulantes, donde obre la declaración jurada de ética, currículo vitae y demás documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos que exige la ley para el puesto de ejecutor coactivo, por parte de todos los postulantes al concurso público de mérito N° 004-2021-MDCH, 3ra convocatoria.”
3) “Resultado de la evaluación curricular de conocimientos y entrevista personal de todos los candidatos participantes, al concurso público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria.”
4) “Cuadro de Méritos del resultado final del concurso público, del concurso público de mérito N° 004-2021-MDCH, 3ra convocatoria.”
5) “Contrato firmado con el ganador del concurso público de mérito N° 004-2021- MDCH, 3ra convocatoria.”
Con fecha 23 de diciembre de 2021, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante la Resolución N° 000042-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA de fecha 7 de enero de 2022, notificada a la entidad en fecha 19 de enero del mismo año, esta instancia le requirió el expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, requerimientos que no han sido atendidos a la fecha de emisión de la presente resolución.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala