Resolución N.° 001074-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
4 de mayo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00877-2022-JUS/TTAIP de fecha 13 de abril de 2022, interpuesto por AYDE QUIJANO VELASQUE contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE ANDAHUAYLAS el 23 de marzo de 2022, generándose el Registro Nº 2939.
Con fecha 23 de marzo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione en copia certificada documentos que pertenecen a la servidora pública Saray Malpartida Alfaro consistentes en;
“1. De su contrato de trabajo vigente. Y de sus contratos anteriores desde que ingresó a la Municipalidad.
2. De su currículum vitae que presentó y con el cual ingresó a laborar a la Municipalidad.
3. Del expediente que contiene el proceso, mediante el cual resultó ganadora para ocupar la función pública que actualmente desempeña en la Municipalidad. Y de los eventuales cuestionamientos a dicho proceso.
4. De su legajo y de las diversas sanciones que ha tenido.
5. Del expediente que contiene los procedimientos disciplinarios que ha tenido, 6 meses anteriores al presente pedido.
6. Además, solo responder actualmente tiene procesos disciplinarios”. (sic)
El 13 de abril de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000916-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Con fecha 23 de marzo de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione en copia certificada documentos que pertenecen a la servidora pública Saray Malpartida Alfaro consistentes en;
“1. De su contrato de trabajo vigente. Y de sus contratos anteriores desde que ingresó a la Municipalidad.
2. De su currículum vitae que presentó y con el cual ingresó a laborar a la Municipalidad.
3. Del expediente que contiene el proceso, mediante el cual resultó ganadora para ocupar la función pública que actualmente desempeña en la Municipalidad. Y de los eventuales cuestionamientos a dicho proceso.
4. De su legajo y de las diversas sanciones que ha tenido.
5. Del expediente que contiene los procedimientos disciplinarios que ha tenido, 6 meses anteriores al presente pedido.
6. Además, solo responder actualmente tiene procesos disciplinarios”. (sic)
El 13 de abril de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 000916-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala