Resolución N.° 000650-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

24 de marzo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00386-2022-JUS/TTAIP de fecha 15 de febrero de 2022, interpuesto por GRECIA SARAI FARFAN LIRA contra la comunicación electrónica de fecha 14 de febrero de 2022, mediante la cual la RED PRESTACIONAL SABOGAL-ESSALUD denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 900-2022-2093 de fecha 10 de febrero de 2022.
Con fecha 10 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) solicitar información y copias de la HISTORIA CLINICA y DEL INFORME MEDICO en el servicio de NEUROLOGIA correspondiente al paciente FARFAN QUISPE ZOCIMO VICTOR identificado con DNI N° 08668475.”
Mediante correo electrónico de fecha 14 de febrero de 2022, la entidad comunicó a la recurrente que dicha información “(…) se encuentra enmarcada en el numeral 5 del Artículo 17° de dicha Ley; en razón que, la información solicitada, hace referencia a la salud personal de un asegurado, el cual constituye una invasión de la intimidad personal”, denegando su entrega e informándole que su requerimiento corresponde ser atendida de acuerdo al Texto Único de Procedimientos Administrativos de EsSalud.
El 15 de febrero de 2022, la recurrente interpone recurso de apelación ante esta instancia, manifestando su desacuerdo con la respuesta brindada a través del correo electrónico de fecha 14 de febrero de 2022, señalando ser familiar directo del titular de la información, al tener la condición de hija, adjuntando copia de acta de nacimiento.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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