Resolución N.° 000865-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
22 de abril de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00533-2021-JUS/TTAIP de fecha 18 de marzo de 2021, interpuesto por JHONY GERHARD GUERRERO ESCOBEDO contra el correo electrónico de fecha 15 de marzo de 2021, mediante el cual la JUNTA DE FISCALES SUPERIORES DEL DISTRITO FISCAL DE JUNÍN atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada el 15 de febrero de 2021.
Con fecha 15 de febrero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó el envío a su correo electrónico de los “Informes de productividad en formato pdf desde el mes de julio de 2020 hasta enero de 2021 de la servidora pública Luz Marticorena Quispe, del distrito fiscal de Junín que obran en el área de potencial humano de su distrito fiscal o en la gerencia central de potencial humano en caso hayan sido remitidas a dicha gerencia.”
Con fecha 15 de marzo de 2021 mediante correo electrónico se le notifica al recurrente mediante formato digital el Proveído N° 051-2021 que ordena expedir la información solicitada, y el Oficio N° 000771-2021-MP-FN-ADMDFJUNI que hace mención a 33 horas de trabajo remoto de la servidora Luz Marticorena Quispe.
Con fecha 18 de marzo de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando que la entidad no ha cumplido con remitir lo solicitado, teniendo en cuenta que los informes de productividad semanal forman parte del anexo 4 del Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público -Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del Covid-19, aprobado mediante Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 681-2020-MP-FN.
Con fecha 15 de febrero de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó el envío a su correo electrónico de los “Informes de productividad en formato pdf desde el mes de julio de 2020 hasta enero de 2021 de la servidora pública Luz Marticorena Quispe, del distrito fiscal de Junín que obran en el área de potencial humano de su distrito fiscal o en la gerencia central de potencial humano en caso hayan sido remitidas a dicha gerencia.”
Con fecha 15 de marzo de 2021 mediante correo electrónico se le notifica al recurrente mediante formato digital el Proveído N° 051-2021 que ordena expedir la información solicitada, y el Oficio N° 000771-2021-MP-FN-ADMDFJUNI que hace mención a 33 horas de trabajo remoto de la servidora Luz Marticorena Quispe.
Con fecha 18 de marzo de 2021, el recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis ante esta instancia, alegando que la entidad no ha cumplido con remitir lo solicitado, teniendo en cuenta que los informes de productividad semanal forman parte del anexo 4 del Protocolo de Retorno Progresivo a las actividades laborales, trabajo remoto y medidas sanitarias en el Ministerio Público -Fiscalía de la Nación al término del Estado de Emergencia Nacional decretado a consecuencia del Covid-19, aprobado mediante Resolución de Fiscalía de la Nación Nº 681-2020-MP-FN.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala