Resolución N.° 010300132021

6 de enero de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 01492-2020-JUS/TTAIP de fecha 25 de noviembre de 2020, interpuesto por HOMERO LÓPEZ CAVA contra el correo electrónico de fecha 4 de noviembre de 2020, remitido por la GERENCIA REGIONAL DE EDUCACIÓN DEL GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD a través del cual atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 30 de octubre de 2020.
Con fecha 30 de octubre de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información, el recurrente solicitó a la entidad copia de la “Resolución Gerencial Regional N° 3575-2018-GRLL-GGR/GRSE” y “Resolución Gerencia Regional N° 1867-2020 del 31 de agosto de 2020”, precisando que dicha información le sea remitida en archivo digital y vía correo electrónico.
Mediante el correo electrónico de fecha 4 de noviembre de 2020, la entidad atendió dicho requerimiento, comunicándole al recurrente que se acerque a la caja de la Gerencia de Educación para el pago por las copias requeridas.
Con fecha 25 de noviembre de 2020, el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, manifestando su disconformidad respecto a la respuesta brindada por la entidad, pues ha señalado que la información requerida le sea proporcionada vía correo electrónico.
Mediante la Resolución N° 010109542020 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativogenerado para la atención de la solicitud del recurrente, y formule los descargos que considere pertinentes, de ser el caso, los cuales hasta la fecha de la emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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