Resolución N.° 002735-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de diciembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02203-2021-JUS/TTAIP de fecha 19 de octubre de 2021, interpuesto por LLAQUELI APUELA GUERRA contra el Oficio N° 135-0II-2021-NAP de fecha 12 de octubre de 2021, mediante el cual la UNIVERSIDAD NACIONAL DE LA AMAZONÍA PERUANA denegó la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 1 de setiembre de 2021.
Con fecha 1 de setiembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad “(…) copia simple del Expediente del postulante BARDALES LOZANO RICARDO MANUEL, cuyo código de plaza al que postuló es 000722 - Facultad de Agronomía Departamento Suelos y Cultivos (...)”.
Mediante el Oficio N° 135-0II-2021-UNAP de fecha 12 de octubre de 2021, la entidad remite a la recurrente el Informe Nº 043-2021-UGRH-OCARH-UNAP elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, por el cual denegó el acceso a la información solicitada por las siguientes consideraciones:
“3. Referente a la solicitud de copia simple del expediente del postulante al Concurso Público para Contrato Docente I y II Semestre 2021, de Bardales Lozano Ricardo Manuel, a la Facultad de Agronomía de Recursos Humanos, no cuenta con este expediente, puesto que el Concurso para Contrato Docente, se realiza a través de una comisión constituida para tal fin, integrada únicamente con docentes; la misma que realiza sus funciones teniendo como marco legal, las Bases del Concurso, donde se señalan las fechas de reclamos y otros menesteres.
4. Es necesario mencionar, que el solo hecho de recurrir a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no conlleva a brindar información personal y que sea considerada como confidencial para la Institución, máxime si el o la recurrente no indica las razones por las cuales solicita tal requerimiento.” (sic)
Con fecha 1 de setiembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad “(…) copia simple del Expediente del postulante BARDALES LOZANO RICARDO MANUEL, cuyo código de plaza al que postuló es 000722 - Facultad de Agronomía Departamento Suelos y Cultivos (...)”.
Mediante el Oficio N° 135-0II-2021-UNAP de fecha 12 de octubre de 2021, la entidad remite a la recurrente el Informe Nº 043-2021-UGRH-OCARH-UNAP elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, por el cual denegó el acceso a la información solicitada por las siguientes consideraciones:
“3. Referente a la solicitud de copia simple del expediente del postulante al Concurso Público para Contrato Docente I y II Semestre 2021, de Bardales Lozano Ricardo Manuel, a la Facultad de Agronomía de Recursos Humanos, no cuenta con este expediente, puesto que el Concurso para Contrato Docente, se realiza a través de una comisión constituida para tal fin, integrada únicamente con docentes; la misma que realiza sus funciones teniendo como marco legal, las Bases del Concurso, donde se señalan las fechas de reclamos y otros menesteres.
4. Es necesario mencionar, que el solo hecho de recurrir a la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, no conlleva a brindar información personal y que sea considerada como confidencial para la Institución, máxime si el o la recurrente no indica las razones por las cuales solicita tal requerimiento.” (sic)
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala