Resolución N.° 000005-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA

4 de enero de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 02380-2021-JUS/TTAIP de fecha 9 de noviembre de 2021, interpuesto por la EMPRESA DE TRANSPORTE Y SERVICIOS MULTIPLES FRIMMCH EXPRESS S.A.C, representada por Martín Sergio Quiroga Allpacca, contra el correo electrónico de fecha 20 de octubre de 2021, mediante el cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante Expediente N° 15184 de fecha 4 de octubre de 2021.
Con fecha 4 de octubre de 2021, la empresa recurrente solicitó a la entidad la entrega por correo electrónico de la siguiente información:
“Copia de la relación del personal de inspectores de la subgerencia de transportes que han sido o se encuentren en la condición de denunciados o procesados o sentenciados por actos de corrupción del 2019 al 2021.”
Mediante el correo electrónico de fecha 20 de octubre de 2021, la entidad remitió a la recurrente copias simples de los Informes Nºs 709-2021-UA-OAF-MVMT y 657- 2021-UGRH-OAF-MDVMT emitidos por la Subgerencia de la Unidad de Abastecimiento y por la Subgerencia de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, respectivamente, remitiendo a través de esta última una relación de tres (3) inspectores que se encontrarían bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 1057-CAS de la Subgerencia de Transporte y Seguridad Vial. Adicionalmente, indica que se adjuntaba copia de la declaración jurada del periodo 2019 de dicho personal, el cual refiere que no registran antecedentes penales, judiciales o policiales.
Con fecha 8 de noviembre de 2021, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis contra el referido correo electrónico por incumplir con la entrega de la información solicitada. Asimismo, refirió que la información solicitada es de interés para el vecindario ya que tiene como fundamento los constantes agravios a la comunidad mototaxista del distrito de Villa María del Triunfo efectuados por parte de personal que labora en la Subgerencia de Transportes.
Mediante la Resolución N° 002778-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 28 de diciembre de 2021, la entidad remite a esta instancia el expediente administrativo solicitado sin presentar descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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