Resolución N.° 000004-2022-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
4 de enero de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 02334-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de noviembre de 2021, interpuesto por VICTORIANO CHAMBI CHAMBILLA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO DE LA ALIANZA con Registro Nº 6149-13816 de fecha 3 de setiembre de 2021.
Con fecha 3 de setiembre de 2021 el recurrente solicitó a la entidad “copia simple de las resoluciones de Gerencia de Administración periodo 2021 de manera correlativa en su numeración correspondiente a los meses enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio agosto 2021.” (sic)
Con fecha 19 de octubre de 2021, la entidad a través de la Carta Nº 140-2021-SGSGMDAA informó al recurrente que la Gerencia de Administración mediante Informe Nº 180-2021-GA/MDAA pidió la ampliación de un plazo prudencial para atender lo solicitado, debido a su alta carga laboral.
Con fecha 4 de noviembre de 2021, el recurrente presentó su recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta alguna dentro del plazo de ley, incluso considerando el “plazo prudente” solicitado por medio de la Carta Nº 140- 2021-SGSG-MDAA, por lo cual estimó denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002734-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los mismos que hasta la fecha de emisión de la presente no han sido remitidos.
Con fecha 3 de setiembre de 2021 el recurrente solicitó a la entidad “copia simple de las resoluciones de Gerencia de Administración periodo 2021 de manera correlativa en su numeración correspondiente a los meses enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio agosto 2021.” (sic)
Con fecha 19 de octubre de 2021, la entidad a través de la Carta Nº 140-2021-SGSGMDAA informó al recurrente que la Gerencia de Administración mediante Informe Nº 180-2021-GA/MDAA pidió la ampliación de un plazo prudencial para atender lo solicitado, debido a su alta carga laboral.
Con fecha 4 de noviembre de 2021, el recurrente presentó su recurso de apelación materia de análisis, alegando no haber recibido respuesta alguna dentro del plazo de ley, incluso considerando el “plazo prudente” solicitado por medio de la Carta Nº 140- 2021-SGSG-MDAA, por lo cual estimó denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución N° 002734-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los mismos que hasta la fecha de emisión de la presente no han sido remitidos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala