Resolución N.° 002740-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

29 de diciembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 02520-2021-JUS/TTAIP de fecha 24 de noviembre de 2021, interpuesto por GRECIA SARAI FARFAN LIRA contra el correo electrónico de fecha 23 de noviembre de 2021, mediante el cual la OFICINA DE DISCIPLINA DE PUCALLPA - INPECTORIA DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 11 de noviembre de 2021.
Mediante solicitud de fecha 11 de noviembre de 2021 la recurrente solicita: “(…) información y copia de los videos presentados en CD de fecha 09 marzo del 2020; por lo que hago mi petición de solicitar los nombres y apellidos del efectivo policial que dio a recepción a mi denuncia, siendo la misma persona responsable del adjunto del CD con los videos de fecha 09 marzo 2020 en Secretaria de la Oficina De Disciplina PNP-Pucallpa, por lo que pido una copia del mismo (…).”
Que, mediante Carta Informativa N° 178-2021-IGPNP-DIRINV/OD-PUCALLPA-SEC, la entidad informó a la recurrente lo siguiente: “Al respecto conforme lo establece la normatividad vigente Excepciones al ejercicio del derecho información confidencial art. 17° numeral 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública aprobado por decreto supremo N° 021- 2019-JUS (…) en cuyo caso la exclusión del acceso termina cuando la resolución que pone fin al procedimiento queda consentida o cuando transcurre más de seis (6) meses desde que se inició el procedimiento administrativo sancionador, sin que se haya dictado resolución final, motivo por el cual cumpliendo lo señalado en la norma acotada; si sería factible en partes atender su pedido, informándole que el S3 PNP Emerson Fidel Galindo Aguilar, auxiliar de investigación estuvo a cargo de la diligencia e investigaciones de su denuncia presentado en esta Oficina de Disciplina Pucallpa el 10MAR2020, con relación a la copia del CD, se le recomiendanombrar con un poder a una persona que resida en esta ciudad de Pucallpa a fin de que se apersone a esta Oficina de Disciplina Pucallpa, con un (01) CD para completar de atender su pedido.”

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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