Resolución N.° 002498-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
3 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02065-2021-JUS/TTAIP de fecha 30 de setiembre de 2021, interpuesto por FABRIZIO RENATO NAPÁN ZAMORA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL con Código N° W20210013670 y Recepción N° I2021001825 de fecha 15 de noviembre de 2019.
Con fecha 15 de noviembre de 2019, el recurrente solicitó a la entidad se le expida copia digital o física de la siguiente información:
“(…)
Se solicita copia digital o física de la siguiente documentación:
1. Solicito un listado de todos los predios que han sido declarados inhabitables o en estado de ruina durante el año 2000 y el 2014. Así mismo, de los expedientes administrativos de cada uno.
2. Copia del Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad de San Isidro vigente entre el 2000 y 2013.
3. Copia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de San Isidro vigente entre el 2000 y 2013.
4. Copia del Organigrama de la Municipalidad vigente en el 2009 y en el 2021
Sea el caso en que sea necesario la realización de un pago por las copias respectivas, por favor, informar esto en su debido tiendo por el correo electrónico:
(…)
IV. OTROSÍ DIGO:
PRIMER OTROSÍ DIGO: Se solicita a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL y a la autoridad competente que se pronuncie sobre nuestra petición que, sin perjuicio de enviar una respuesta por escrito al domicilio del administrado que formula la petición, remita copia de su respuesta a la siguiente dirección electrónica:
(…)” (sic)
Con fecha 30 de setiembre de 2021, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la Resolución N° 002287-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 15 de noviembre de 2019, el recurrente solicitó a la entidad se le expida copia digital o física de la siguiente información:
“(…)
Se solicita copia digital o física de la siguiente documentación:
1. Solicito un listado de todos los predios que han sido declarados inhabitables o en estado de ruina durante el año 2000 y el 2014. Así mismo, de los expedientes administrativos de cada uno.
2. Copia del Manual de Organización y Funciones (MOF) de la Municipalidad de San Isidro vigente entre el 2000 y 2013.
3. Copia del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad de San Isidro vigente entre el 2000 y 2013.
4. Copia del Organigrama de la Municipalidad vigente en el 2009 y en el 2021
Sea el caso en que sea necesario la realización de un pago por las copias respectivas, por favor, informar esto en su debido tiendo por el correo electrónico:
(…)
IV. OTROSÍ DIGO:
PRIMER OTROSÍ DIGO: Se solicita a la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MIGUEL y a la autoridad competente que se pronuncie sobre nuestra petición que, sin perjuicio de enviar una respuesta por escrito al domicilio del administrado que formula la petición, remita copia de su respuesta a la siguiente dirección electrónica:
(…)” (sic)
Con fecha 30 de setiembre de 2021, el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por no mediar respuesta dentro del plazo legal.
Mediante la Resolución N° 002287-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala