Resolución N.° 020304142020

28 de octubre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación N° 00974-2020-JUS/TTAIP de fecha 22 de setiembre de 2020, interpuesto por CHRISTIAN ALEX MENDOZA VEGA contra el Memorándum N° 007-2020 remitido por correo electrónico de fecha 15 de setiembre de 2020, mediante el cual la INSTITUCIÓN EDUCATIVA FE Y ALEGRÍA N° 35 - BARRANCA atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada mediante correo electrónico de fecha 19 de agosto de 2020.

Con fecha 19 de agosto de 2020, el recurrente, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, solicitó a la entidad se le remita a su correo electrónico la documentación que a continuación se detalla: “1. El acta de conformación de la comisión de kaliwuarma para el año 2020. 2. El acta o documento u otro análogo donde especifique el monto o cantidad total por concepto de Kaliwuarma de las familias abonaron al inicio del año escolar 2020. 3. El acta que nombra a la Hna Edna Leite Quixabeira como tesorera de la institución educativa fe y Alegría N° 35 de Barranca. 4. Acta de elección del CONEI de primaria para el año escolar 2020 y 2021 del docente de primaria Christian Alex Mendoza vega. De fecha 14 de noviembre del 2019. 5. resolución directoral de Ugel del nombramiento del CONEI para el año 2020 y 2021 de la I.E Fe y Alegría N° 35 6. Acta de Entrega y Recepción de Alimentos de Kaliwuarma del año 2020. 7. Acta de distribución de alimentos de los dos últimos repartos de los productos de KALIWUARMA -2020. 8. La lista de las familias del 4° A – b y C de primaria que recogieron los productos de kaliwuarma de los dos repartos que se llevaron a cabo en este año 2020.” (sic)

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

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