Resolución N.° 020304122020
27 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00883-2020-JUS/TTAIP de fecha 9 de setiembre de 2020, interpuesto por JUAN PABLO FELIPE CHANCO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la EMPRESA MUNICIPAL ADMINISTRADORA DE PEAJE DE LIMA S.A. con fecha 10 de enero 2020.
Con fecha 10 de enero de 2020, el recurrente solicitó a la entidad “(...) INFORMACIÓN PÚBLICA respecto de todo el EXPEDIENTE de los ACTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS Y PROCESO CIVIL, seguidos contra los siguientes FUNCIONARIOS PÚBLICOS:” Renzo Zamir Salcedo Vásquez, José Guillermo Mendoza Condori, Víctor Guillermo Salgado Sabastizagal, Armando Elías Portal Ríos, Ricardo Plinio Bustos Carrasco, Carlos Reynaldo Bringas Constantini, Rosa Milagros Ascasibar Andrade, ello como consecuencia del “(...) INFORME DE CONTROL POSTERIOR N° 26-2019-2-0961 y N° 1140-2019-CG/LICA-CC remitidos por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (...)”
Con fecha 10 de enero de 2020, el recurrente solicitó a la entidad “(...) INFORMACIÓN PÚBLICA respecto de todo el EXPEDIENTE de los ACTOS ADMINISTRATIVOS DISCIPLINARIOS Y PROCESO CIVIL, seguidos contra los siguientes FUNCIONARIOS PÚBLICOS:” Renzo Zamir Salcedo Vásquez, José Guillermo Mendoza Condori, Víctor Guillermo Salgado Sabastizagal, Armando Elías Portal Ríos, Ricardo Plinio Bustos Carrasco, Carlos Reynaldo Bringas Constantini, Rosa Milagros Ascasibar Andrade, ello como consecuencia del “(...) INFORME DE CONTROL POSTERIOR N° 26-2019-2-0961 y N° 1140-2019-CG/LICA-CC remitidos por la CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA (...)”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala