Resolución N.° 020303952020
21 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00893-2020-JUS/TTAIP de fecha 11 de setiembre de 2020, interpuesto por ANGELA CRISTINA JIMENEZ VÁSQUEZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MARTÍN DE PORRES con fecha 12 de marzo de 2020, registrado como Expediente 14982-20.
Con fecha 12 de marzo de 2020, la recurrente solicitó a la entidad copia certificada de: “1. Plano N° 141-2019 Ubicación- Localización, Urbanización Virgen del Rosario y 2. Plano N° 142-2019 Perimétrico–Topográfico, Urbanización Virgen del Rosario”. Con fecha 11 de setiembre de 2020, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo. Mediante Resolución N° 0201037620201 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 12 de marzo de 2020, la recurrente solicitó a la entidad copia certificada de: “1. Plano N° 141-2019 Ubicación- Localización, Urbanización Virgen del Rosario y 2. Plano N° 142-2019 Perimétrico–Topográfico, Urbanización Virgen del Rosario”. Con fecha 11 de setiembre de 2020, la recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo. Mediante Resolución N° 0201037620201 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de la recurrente, así como la formulación de sus descargos; sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala