Resolución N.° 020303942020
21 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00779-2018-JUS/TTAIP de fecha 25 de agosto de 2020, interpuesto por el SINDICATO DE TRABAJADORES MUNICIPALES DE VENTANILLA, representado por Jorge Sulca Martínez, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA con Expediente N° 17689 de fecha 27 de julio de 2020.
Con fecha 27 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad en copia simple o se le remita a su correo electrónico la siguiente información: 1. “Copia simple del Plan de Vigilancia prevención y control del COVID 19, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo y publicado en el Sistema SISCOVID. 2. Copia simple de los Protocolos de Seguridad aprobados por la entidad. 3. Copia de Listado de entrega de los EPP a los trabajadores”. [sic] Con fecha 20 de agosto de 2020 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Con fecha 27 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad en copia simple o se le remita a su correo electrónico la siguiente información: 1. “Copia simple del Plan de Vigilancia prevención y control del COVID 19, aprobado por el Comité de Seguridad y Salud en el trabajo y publicado en el Sistema SISCOVID. 2. Copia simple de los Protocolos de Seguridad aprobados por la entidad. 3. Copia de Listado de entrega de los EPP a los trabajadores”. [sic] Con fecha 20 de agosto de 2020 el recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud de acceso a la información pública en aplicación del silencio administrativo negativo.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala