Resolución N.° 020303882020
16 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00884-2020-JUS/TTAIP de fecha 9 de setiembre de 2020, interpuesto por GUNTHER HERNÁN GONZALES BARRÓN contra el correo electrónico de fecha 4 de setiembre de 2020, a través del cual la PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS atendió su solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro N° 2020-0023762 de fecha 1 de setiembre de 2020.
Con fecha 1 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) COPIAS SIMPLES de las cartas de fecha 22.8.2020 y 25.2.2020, con todos sus anexos, cuyos números de expedientes se mencionan en el Oficio Nº D000056-2020- PCM-SSSAR de 24.8.2020, lo que podrá ser escaneado y enviado al correo electrónico indicado”. Con fecha 4 de setiembre de 2020, la entidad remitió al correo electrónico del recurrente el Oficio N° D000831-2020-PCM-OPII de fecha 4 de setiembre de 2020, emitido por la Jefa de Prensa e Imagen Institucional, el mismo que contiene el Memorando N° 000070- 2020-SSSAR de fecha 2 de setiembre de 2020, emitido por la Subsecretaria de Simplificación y Análisis Regulatorio, en el cual se menciona “(…) se remite adjunto al presente las cartas de fecha 22/08/2020 y 25/02/2020 solicitadas por el referido ciudadano”.
Con fecha 1 de setiembre de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) COPIAS SIMPLES de las cartas de fecha 22.8.2020 y 25.2.2020, con todos sus anexos, cuyos números de expedientes se mencionan en el Oficio Nº D000056-2020- PCM-SSSAR de 24.8.2020, lo que podrá ser escaneado y enviado al correo electrónico indicado”. Con fecha 4 de setiembre de 2020, la entidad remitió al correo electrónico del recurrente el Oficio N° D000831-2020-PCM-OPII de fecha 4 de setiembre de 2020, emitido por la Jefa de Prensa e Imagen Institucional, el mismo que contiene el Memorando N° 000070- 2020-SSSAR de fecha 2 de setiembre de 2020, emitido por la Subsecretaria de Simplificación y Análisis Regulatorio, en el cual se menciona “(…) se remite adjunto al presente las cartas de fecha 22/08/2020 y 25/02/2020 solicitadas por el referido ciudadano”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala