Resolución N.° 020303702020
8 de octubre de 2020
VISTO el Expediente de Apelación N° 00723-2020-JUS/TTAIP de fecha 14 de agosto de 2020, interpuesto por JUAN RAMOS PAIVA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE TAMARINDO remitida a través de la Carta Múltiple N° 014-2020/JRP de fecha 23 de julio de 2020.
Con fecha 23 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) se me brinde la relación de gastos que hasta la fecha se vienen efectuando sobre los S/ 50, 400.00 soles que le fueron transferidos a la Municipalidad Distrital de Tamarindo. Se debe tener presente que sólo estoy solicitando la relación de gastos, más no la documentación sustentadora de dichos gastos. SEGUNDO Que, habiendo tenido conocimiento que la entidad municipal posee en medio digital el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, vigente a la fecha, pido se me brinde dicha información contenida en medio digital. TERCERO Que así mismo, habiendo tenido conocimiento que la entidad municipal posee en medio digital el Reglamento Interno de Concejo, vigente a la fecha, pido se me brinde dicha información contenida en medio digital.”
Con fecha 23 de julio de 2020, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) se me brinde la relación de gastos que hasta la fecha se vienen efectuando sobre los S/ 50, 400.00 soles que le fueron transferidos a la Municipalidad Distrital de Tamarindo. Se debe tener presente que sólo estoy solicitando la relación de gastos, más no la documentación sustentadora de dichos gastos. SEGUNDO Que, habiendo tenido conocimiento que la entidad municipal posee en medio digital el Texto Único Ordenado de Procedimientos Administrativos, vigente a la fecha, pido se me brinde dicha información contenida en medio digital. TERCERO Que así mismo, habiendo tenido conocimiento que la entidad municipal posee en medio digital el Reglamento Interno de Concejo, vigente a la fecha, pido se me brinde dicha información contenida en medio digital.”
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala