Resolución N.° 020303652020

8 de octubre de 2020

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00799-2020-JUS/TTAIP de fecha 27 de agosto de 2020, interpuesto por MARTINA MACHADO GUTIÉRREZ contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de las solicitudes de acceso a la información pública presentadas ante el MINISTERIO DE LA MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES, registradas con Ticket de Atención de Solicitud N° 393 y 394, ambas presentadas con fecha 29 de julio de 2020.

Con fecha 29 de julio de 2020, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad: “Solicito los nombres y apellidos de los operadores de sexo femenino y masculino de la línea 100 que me atendieron durante el año 2020”. En la misma fecha, la recurrente solicitó a la entidad: “Solicito los nombres y apellidos de los operadores de sexo femenino y masculino de la línea 100 que me atendieron durante el año 2019”. Con fecha 27 de agosto de 2020, al considerar denegadas las referidas solicitudes y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente presentó el recurso de apelación materia de análisis. Mediante Resolución N° 020103532020 de fecha 22 de setiembre de 20202 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de las solicitudes impugnadas,

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala

Vista preliminar de documento R020303652020.pdf

R020303652020.pdf

PDF
141.6 KB