Resolución N.° 001416-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
20 de junio de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 01137-2022-JUS/TTAIP de fecha 12 de mayo de 2022, interpuesto por SERGIO RAMÍREZ CARRANZA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte del CONSEJO NACIONAL PARA LA INTEGRACIÓN DE LA PERSONA CON DISCAPACIDAD - CONADIS, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 274Z0Z2SU de fecha 22 de abril de 2022.
Con fecha 22 de abril de 2022 con Expediente N° 274Z0Z2SU de fecha 22 de abril de 2022, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico el “Manual de Procedimientos de Atención a los Usuarios de la Red Alivia Perú”.
Mediante Resolución 001302-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de junio de 2022 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la presentación de sus descargos.
Mediante escrito de fecha 20 de junio de 2022 la entidad remitió el Oficio N° D000766- 2022-CONADIS-PRE adjuntando el expediente administrativo y su descargo ante esta instancia, precisando mediante la Carta N° D000068-2022-CONADIS-AI lo siguiente:
“(…) la Dirección de Promoción y Desarrollo Social del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), adjunta el Memorando N° D000188-2022-CONADIS-DPDS, a través del cual se señala que la Red Alivia Perú fue creada recientemente, por lo que, no cuenta con un Manual de Procedimientos de Atención a los Usuarios, no siendo posible atender su petición. Por lo tanto, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 13 del TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se deniega su petición, toda vez, que la entidad no cuenta con la información solicitada”. (subrayado es nuestro).
Con fecha 22 de abril de 2022 con Expediente N° 274Z0Z2SU de fecha 22 de abril de 2022, el recurrente solicitó se remita a su correo electrónico el “Manual de Procedimientos de Atención a los Usuarios de la Red Alivia Perú”.
Mediante Resolución 001302-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de junio de 2022 se admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la presentación de sus descargos.
Mediante escrito de fecha 20 de junio de 2022 la entidad remitió el Oficio N° D000766- 2022-CONADIS-PRE adjuntando el expediente administrativo y su descargo ante esta instancia, precisando mediante la Carta N° D000068-2022-CONADIS-AI lo siguiente:
“(…) la Dirección de Promoción y Desarrollo Social del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS), adjunta el Memorando N° D000188-2022-CONADIS-DPDS, a través del cual se señala que la Red Alivia Perú fue creada recientemente, por lo que, no cuenta con un Manual de Procedimientos de Atención a los Usuarios, no siendo posible atender su petición. Por lo tanto, conforme a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 13 del TUO de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se deniega su petición, toda vez, que la entidad no cuenta con la información solicitada”. (subrayado es nuestro).
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala