Resolución N.° 001413-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

20 de junio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01061-2022-JUS/TTAIP de fecha 4 de mayo de 2022, interpuesto por ALEX MARCELINO ACARO DUEÑAS contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la UNIVERSIDAD NACIONAL TECNOLÓGICA DE LIMA SUR, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 139-2022 de fecha 1 de abril de 2022.
Con fecha 1 de abril de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información:
“(…) Solicito el Acta de transferencia de gestión y/o acta de entrega y recepción de cargo y el acta de recepción de bienes según corresponda Sr. Mg. Omar F. Chamorro Atalaya jefe de la oficina de Gestión Académica y Prospectiva en el periodo de febrero del 2017 al 15 de septiembre del 2020 en cumplimiento de la Directiva Nº 001-UNTECS-2010.”(sic).
Con fecha 4 de mayo de 2022 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.
Mediante Resolución 001297-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 03 de junio de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de la presente resolución no han sido recibidos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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