Resolución N.° 001317-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de junio de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 01134-2022-JUS/TTAIP de fecha 11 de mayo de 2022, interpuesto por JORGE FÉLIX AMPUERO BEGAZO contra la Carta NC-190-DITAN° 0466 de fecha 27 de abril de 2022, mediante la cual la FUERZA AÉREA DEL PERÚ atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 29 de marzo de 2022.
Con fecha 29 de marzo de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) EL INFORME DEL DIRECTOR GENERAL DE PERSONAL DE LA FAP, SOBRE LA DECLARATORIA DE LA VACANTE A MAYOR GENERAL EFA “JURÍDICO” DEL PROCESO DE ASCENSO DEL 2019, QUE SUSTENTÓ LA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1338-2019-DE/FAP DEL 04 DE OCTUBRE DE 2019.”
Mediante Carta NC-190-DITA-N° 0466 de fecha 27 de abril de 2022, la entidad comunicó al recurrente que, en mérito a lo informado por el Director General de Personal la determinación de las vacantes “(…) es efectuada bajo los criterios del articulo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108 “Ley de Ascensos de los Oficiales de las Fuerzas Armadas”, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008-DE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE/SG”, precisando que la declaratoria de las vacantes correspondientes al proceso de ascenso FAP año 2019-2020 fue declarado mediante la Resolución Ministerial N° 1338-2019 DE/FAP de fecha 4 de octubre de 2019.
El 11 de mayo de 2022, el recurrente interpone ante esta instancia el recurso de apelación contra la citada carta, señalando esencialmente que es nula por inexistencia de motivación o motivación aparente, considerando denegada su solicitud de información.
Mediante Resolución 001211-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA , esta instancia admitió a trámite el citado recurso de apelación, requiriendo a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud presentada y la formulación de sus descargos, requerimientos que fueron atendidos con Documento NC-190-DITA-N° 0575 de fecha 2 de junio de 2022, mediante el cual remite el citado expediente administrativo, detallando el procedimiento interno para dar atención a la solicitud del recurrente.



Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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