Resolución N.° 001219-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
23 de mayo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00961-2022-JUS/TTAIP de fecha 22 de abril de 2022, interpuesto por LUIS ALBERTO GARCIA BENITES contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE OLMOS, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 18 de marzo de 2022.
Con fechas 28 de febrero y 18 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: Currículo vitae documentado de Edy Monja Quiroga, Crisler Rueda Núñez y Luis Alberto Sánchez Manayay, documento que sustentó el ingresar a laborar a la entidad. Respecto de Edy Monja Quiroga, copia del contrato inicial y sucesivas y renovaciones, así como las ordenes de servicio por locación de servicios.
Con fecha 22 de abril de 2022 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001049-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de mayo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido documento alguno.
Con fechas 28 de febrero y 18 de marzo de 2022, el recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: Currículo vitae documentado de Edy Monja Quiroga, Crisler Rueda Núñez y Luis Alberto Sánchez Manayay, documento que sustentó el ingresar a laborar a la entidad. Respecto de Edy Monja Quiroga, copia del contrato inicial y sucesivas y renovaciones, así como las ordenes de servicio por locación de servicios.
Con fecha 22 de abril de 2022 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 001049-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de mayo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido documento alguno.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala