Resolución N.° 001218-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
23 de mayo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00938-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de abril de 2022, interpuesto por GLORIA ESMERALDA RIVAS DAVILA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VILLA EL SALVADOR, según alega la recurrente, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de febrero de 2022.
Con fecha 3 de febrero de 2022, la recurrente solicitó a la entidad en formato PDF y/o CAD, el plano de la zona del Parque Industrial de Villa El Salvador, el cual se encuentre dividido por micro zonas domiciliarias, residenciales, comerciales, industriales o mixtas.
Con fecha 21 de abril de 2022 la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.
Mediante Resolución 001047-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de mayo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido documento alguno.
Con fecha 3 de febrero de 2022, la recurrente solicitó a la entidad en formato PDF y/o CAD, el plano de la zona del Parque Industrial de Villa El Salvador, el cual se encuentre dividido por micro zonas domiciliarias, residenciales, comerciales, industriales o mixtas.
Con fecha 21 de abril de 2022 la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.
Mediante Resolución 001047-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 3 de mayo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido documento alguno.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala