Resolución N.° 002114-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

15 de octubre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 01960-2021-JUS/TTAIP de fecha 17 de setiembre de 2021, interpuesto por WILLIAM SALVADOR ORTIZ VIGO contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE GUADALUPE con Número de Expediente 256-3961 de fecha 14 de octubre de 2020.
Con fecha 14 de octubre de 2020, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copias simples de órdenes de servicio, órdenes de compra y comprobantes de pago de las siguientes personas o empresas:
“MALIMBA ZAMBRANO FELIPE CON RUC 10192191306
-Orden de Servicio N° 32 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/6,200.00
-Orden de Servicio N° 33 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/67,500.00
-Orden de Servicio N° 34 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/1250.00
-Orden de Servicio N° 35 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/7,250.00
ALVITRES AGUILAR CESIA JEMIMA CON RUC 10469055251
-Orden de Servicio N° 36 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/11,000.00
-Orden de Servicio N° 37 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/13,250.00
-Orden de Servicio N° 38 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/37,500.00
-Orden de Servicio N° 39 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/7,500.00
-Orden de Servicio N° 40 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/19,000.00
-Orden de Servicio N° 43 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/3,000.00
CHAVARRY MALIMBA SEGUNDO MANUEL CON RUC 10415000401
-Orden de Servicio N° 41 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/2,400.00
-Orden de Servicio N° 42 con fecha 03/04/2020 con un monto de S/26,250.00” [Sic]
Con fecha 4 de noviembre de 2020 al no mediar respuesta por parte de la entidad, el recurrente consideró denegada su solicitud e interpuso el recurso de apelación materia de análisis, en aplicación del silencio administrativo negativo, recurso que fue remitido a esta instancia por la Contraloría General de la República, el 17 de setiembre de 2021, con el Oficio N° 015564-2021-CG/SEDEN.
Mediante Resolución N° 001981-2021-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 28 de setiembre de 2021, se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales hasta la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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