Resolución N.° 002479-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

23 de noviembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02326-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de noviembre de 2021, interpuesto por ALEX GRANADOS BORCHANI, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el HOSPITAL REZOLA (CAÑETE) el 1 de octubre de 2021, generándose el Expediente N° 248319.
Con fecha 1 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le brinde “(…) información escrita y documentada sobre la tasa de mortalidad poblacional en la provincia de Cañete, durante el periodo correspondiente a los años 2012, 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020; asimismo indicar si ha realizado una evaluación sobre la relación de enfermedades más graves y frecuentes que presentan los pobladores de la provincia de Cañete, departamento Lima, correspondiente a los últimos diez años, con énfasis en niños, adultos y personas de la tercera edad (más aún que actualmente atravesamos un periodo de pandemia sanitaria nacional que viene durando 18 meses); de ser positiva la respuesta indicar el origen de estas enfermedades y su porcentaje de letalidad”, la cual fue reiterada el 16 de octubre de 2021.
El 4 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002325-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como laformulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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