Resolución N.° 002481-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

23 de noviembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación Nº 02336-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de noviembre de 2021, interpuesto por el SINDICATO MAGISTERIAL REGIONAL AREQUIPA (SIMAG - AREQUIPA) representada por Walter Mario Andia Salinas en calidad de Secretario General, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL CAMANÁ el 5 de octubre de 2021, con Oficio Nº 0123-2021-CER-SIMAG AREQUIPA/SG, la cual generó el Documento N° 4051999 y Expediente N° 2634964.
Con fecha 5 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente con Oficio Nº 0123-2021-CER-SIMAG AREQUIPA/SG, solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico “(…) copia completa de toda la Autógrafa de la Resolución Directoral Nº 0843-2021 del 23.09.21 de conformación del comité de reasignaciones docentes 2021 del ámbito de la Ugel Camana (…)”.
El 4 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis; asimismo es de indicar que el recurrente anexó a dicho recurso copia de la Resolución Directoral Nº 0843-2021 del 23 de setiembre de 2021.
Mediante la Resolución N° 002327-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos, los cuales a la fecha de emisión de la presente resolución no han sido presentados.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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