Resolución N.° 002484-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
24 de noviembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación Nº 02346-2021-JUS/TTAIP de fecha 4 de noviembre de 2021, interpuesto por JACQUELINE RAMÍREZ REYNOSO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS el 1 de octubre de 2021, generándose el Expediente N° 248319.
Con fecha 1 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(…) copia fedateada del expediente de indulto de mi difunto padre GREGORIO RAMÍREZ ORDÓÑEZ quien fuera indultado por la Comisión Ad Hoc Padre Hubert Lanssiers en el año 1998”.
El 4 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002342-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 1 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(…) copia fedateada del expediente de indulto de mi difunto padre GREGORIO RAMÍREZ ORDÓÑEZ quien fuera indultado por la Comisión Ad Hoc Padre Hubert Lanssiers en el año 1998”.
El 4 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 002342-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala