Resolución N.° 001105-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

6 de mayo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00001-2022-PAD-JUS/TTAIP de fecha 22 de marzo de 2022, interpuesto por ANITA BALVINA CAYCHO MÁRQUEZ contra la Resolución Jefatural U.G.E.L. 02 N° 102-2021-ARH, notificada el 10 de noviembre de 2021, mediante la cual la UNIDAD DE GESTIÓN EDUCATIVA LOCAL N° 022 impuso a la recurrente la suspensión sin goce de remuneración por el periodo de treinta y un (31) días calendarios.
El 6 de mayo de 2019 (generándose el Expediente N° 1307), la señora Milagros Carmela Chávez, requirió a la Institución Educativa N° 2095 “Hernán Busse de la Guerra”, “(…) Copia del acta de reunión con personal de apoyo del día viernes 3/5/19, por la Ley de Transparencia N° 27806”.
Del mismo modo, el 16 de mayo de 2019 (generándose el Expediente N° 1348), la peticionante del párrafo precedente reiteró su requerimiento a la referida institución educativa, solicitando la “(…) Copia del acta de reunión con personal de apoyo del día viernes 3/5/19, por la Ley de Transparencia N° 27806”.



Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo PAD - Primera Sala

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