Resolución N.° 001147-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
13 de mayo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 01047-2022-JUS/TTAIP de fecha 3 de mayo de 2022, interpuesto por EVELYN PATRICIA HOYOS SALAZAR , contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante el DESPACHO PRESIDENCIAL el 8 de abril de 2022, generándose el Expediente N° 22-0008664.
Con fecha 8 de abril de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico “(…) Las Actas de sesiones del Consejo de Ministros realizadas entre el 1 de enero de 2022 a la fecha (…)”.
El 3 de mayo de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución Nº 001096-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Con fecha 8 de abril de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad se remita a su correo electrónico “(…) Las Actas de sesiones del Consejo de Ministros realizadas entre el 1 de enero de 2022 a la fecha (…)”.
El 3 de mayo de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante Resolución Nº 001096-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo a la entidad la presentación del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública, así como la formulación de sus descargos.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala