Resolución N.° 001145-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
12 de mayo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00695-2022-JUS/TTAIP de fecha 28 de marzo de 2022, interpuesto por GUIDO DIEGO RAMIREZ MERA contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la GOBIERNO REGIONAL DE SAN MARTIN - AUTORIDAD REGIONAL AMBIENTAL, según alega el recurrente, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 3 de febrero de 2022.
Con fechas 3 de febrero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad copia del acto que originó la Concesión para la Conservación “Yaku Kawsanapa” en el territorio de la Comunicad Nativa Kichwa Allima Sachayuk Siyambayok Pampa del Distrito de Chazuta, así como todo lo actuado en el respectivo expediente.
Con fecha 28 de marzo de 2022 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.
Mediante Resolución 000870-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 18 de abril de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con fecha 11 de mayo de 2022, manifestando que debido al descanso médico del funcionario responsable de contar con la información solicitada, ni fue posible atender oportunamente el requerimiento del administrado, sin embargo, a efecto de atender dicho pedido, proporciona en esta instancia el enlace digital para acceder a la referida documentación.
Precisa la entidad que “(…) la información solicitada por el ciudadano GUIDO DIEGO RAMIREZ MERA ha sido remitida a la Unidad Funcional de Transparencia de la Secretaria General del Gobierno Regional San Martin para su atención correspondiente (…)”.
Con fechas 3 de febrero de 2022, el recurrente solicitó a la entidad copia del acto que originó la Concesión para la Conservación “Yaku Kawsanapa” en el territorio de la Comunicad Nativa Kichwa Allima Sachayuk Siyambayok Pampa del Distrito de Chazuta, así como todo lo actuado en el respectivo expediente.
Con fecha 28 de marzo de 2022 el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad.
Mediante Resolución 000870-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 18 de abril de 2022 se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud, así como la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con fecha 11 de mayo de 2022, manifestando que debido al descanso médico del funcionario responsable de contar con la información solicitada, ni fue posible atender oportunamente el requerimiento del administrado, sin embargo, a efecto de atender dicho pedido, proporciona en esta instancia el enlace digital para acceder a la referida documentación.
Precisa la entidad que “(…) la información solicitada por el ciudadano GUIDO DIEGO RAMIREZ MERA ha sido remitida a la Unidad Funcional de Transparencia de la Secretaria General del Gobierno Regional San Martin para su atención correspondiente (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala