Resolución N.° 000973-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

26 de abril de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00493-2022-JUS/TTAIP de fecha 28 de febrero de 2022 , interpuesto por CARLOS ALFONSO GONZALES DIAZ contra la Carta N° 31-2022-LTAIP-SG/MDB, que anexa el Informe N° 101-2022-SGRCT-GR/MDB, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BREÑA denegó su solicitud de acceso a la información pública presentada con fecha 11 de febrero de 2022 mediante Expediente N° 2022-01472.
Con fecha 11 de febrero de 2022 el recurrente solicitó a la entidad copia certificada del expediente que dio merito a la expedición de la Constancia de No Adeudo N° 187- 2013-SGRTRC-GATR/MDB de fecha 30 de setiembre de 2013 a favor de Bazalar Elías Magda Emperatriz.
A través de la Carta N° 31-2022-LTAIP-SG/MDB, que anexa el Informe N° 101-2022- SGRCT-GR/MDB, la entidad denegó la entrega de la información solicitada, alegando la protección de datos personales y la reserva tributaria prevista por el artículo 85 del Código Tributario.
Con fecha 24 de febrero de 2022 el recurrente interpuso ante la entidad el recurso de apelación materia de análisis, alegando que la información requerida no vulnera la reserva tributaria, pues no ha solicitado la cuantía o fuente de la renta, gastos, base imponible u otra información relativa a dichos conceptos de Magda Bazalar.
Mediante la Resolución N° 000822-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 8 de abril de 20222 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio, requiriendo la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la solicitud impugnada, así como la formulación de sus descargos.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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