Resolución N.° 000968-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
26 de abril de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00458-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de febrero de 2022, interpuesto por LOCALES AT S.A.C representada por Juan Arturo Huasasquiche Guisazola, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA, de fecha 20 de enero de 2022.
Con fecha 20 de enero de 2022 la empresa recurrente solicitó a la entidad entregue mediante correo electrónico la siguiente información: “(…) copia del dispositivo legal y precisar en qué artículos establece explícitamente las razones por las que, en Av. Oscar R. Benavides N° 1608, Int. 6012, dentro del Centro Comercial Metro Bellavista, Bellavista, no se podría tramitar una Licencia de funcionamiento por alguno de estos giros: Casa de juegos de azar y apuestas, Venta de Boletos de Lotería, Venta de Boletos de Apuestas, Juegos de Azar y Apuestas, Casas de Juegos de Azar y Apuestas, Casinos de Juegos, Apuestas Deportivas u otros relacionados al giro de apuestas. Asimismo, señalar y precisar qué tipo de zonificación corresponde la dirección antes referida”.
Con fecha 24 de febrero de 2022 la empresa recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000815-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad remita el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública presentada y la formulación de sus descargos.
Con fecha 25 de abril de 2022 la entidad presenta sus descargos y señala que: “(…) con fecha 20 de abril del presente año la Gerencia Desarrollo Económico y Licencias a través del Memorando N° 352 2022-MDB-GDEL remitió la información requerida por la empresa LOCALES AT. S.A.C. (…). Es por esa razón que el viernes 22 de abril del 2022 la Secretaría General ha cumplido con atender la solicitud presentada remitiendo la información al correo electrónico señalado en su solicitud por el administrado. Se cumple con adjuntar al presente como anexo el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública presentada por la empresa Locales AT. S.A.C (…)”.
Con fecha 20 de enero de 2022 la empresa recurrente solicitó a la entidad entregue mediante correo electrónico la siguiente información: “(…) copia del dispositivo legal y precisar en qué artículos establece explícitamente las razones por las que, en Av. Oscar R. Benavides N° 1608, Int. 6012, dentro del Centro Comercial Metro Bellavista, Bellavista, no se podría tramitar una Licencia de funcionamiento por alguno de estos giros: Casa de juegos de azar y apuestas, Venta de Boletos de Lotería, Venta de Boletos de Apuestas, Juegos de Azar y Apuestas, Casas de Juegos de Azar y Apuestas, Casinos de Juegos, Apuestas Deportivas u otros relacionados al giro de apuestas. Asimismo, señalar y precisar qué tipo de zonificación corresponde la dirección antes referida”.
Con fecha 24 de febrero de 2022 la empresa recurrente interpuso el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000815-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad remita el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública presentada y la formulación de sus descargos.
Con fecha 25 de abril de 2022 la entidad presenta sus descargos y señala que: “(…) con fecha 20 de abril del presente año la Gerencia Desarrollo Económico y Licencias a través del Memorando N° 352 2022-MDB-GDEL remitió la información requerida por la empresa LOCALES AT. S.A.C. (…). Es por esa razón que el viernes 22 de abril del 2022 la Secretaría General ha cumplido con atender la solicitud presentada remitiendo la información al correo electrónico señalado en su solicitud por el administrado. Se cumple con adjuntar al presente como anexo el expediente administrativo generado para la atención de la solicitud de acceso a la información pública presentada por la empresa Locales AT. S.A.C (…)”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala