Resolución N.° 000959-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

26 de abril de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00391-2022-JUS/TTAIP de fecha 15 de febrero de 2022, interpuesto por HERNÁN PADILLA FLORINDEZ contra el correo de fecha 15 de febrero de 20221 , mediante la cual el ORGANISMO DE EVALUACIÓN Y FISCALIZACIÓN AMBIENTAL- OEFA, dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 1 de febrero de 2022.
Mediante solicitud de fecha 1 de febrero de 2022, el recurrente requirió a la entidad la siguiente información “Solicito copias de la resolución 00013-2022-OEFA/DSEM y los anexos referidos”.
Mediante Carta N° 00227-2022-OEFA/RAI notificada por correo electrónico de fecha 15 de febrero de 2022, la entidad señala: “(…) la Dirección de Supervisión Ambiental en Energía y Minas (en adelante, la DSEM) comunicó vía correo electrónico institucional de fecha 3.02.2022 dirigido al Responsable de Acceso a la Información Pública que, la Resolución N° 00013-2022- OEFA/DSEM forma parte de un expediente de supervisión que constituye información de carácter confidencial, al encontrarse vinculada a investigaciones en trámite referidas al ejercicio de la potestad sancionadora de la administración pública y no podrá ser brindado. Es importante señalar que el Numeral 3 del Artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2003-PCM, establece que el derecho de acceso a la información pública no podrá ser ejercido cuando se trate de información confidencial vinculada a investigaciones en trámite referidas al ejercicio de la potestad sancionadora de la Administración Pública. Sin perjuicio de lo mencionado, la DSEM informó que, a través de la citada resolución se dictaron las siguientes medidas administrativas contra Refinería La Pampilla S.A.A., en atención a los derrames ocurridos el 15 y 25 de enero de 2022 en las instalaciones del Terminal Multiboyas Nº 2 de la Refinería La Pampilla, ubicado en el distrito de Ventanilla, provincia constitucional del Callao:
i) Actualización o modificación del plan de contingencia de la Refinería La Pampilla S.A.A, y,
ii) Paralización de las actividades de carga o descarga de hidrocarburos u otros productos en los terminales Multiboyas Nº 1,2 y 3, así como el Monoboya Nº 4. Asimismo, la DSEM remitió el siguiente enlace correspondiente al portal institucional, por medio del cual se viene informando a la ciudadanía de manera permanente las acciones efectuadas y las medidas adoptadas en torno a la citada emergencia ambiental: https://www.oefa.gob.pe/acciones-de-supervision-ambiental-deloefa-ante-el-derrame-de-)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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