Resolución N.° 000717-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
30 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00509-2022-JUS/TTAIP de fecha 2 de marzo de 2022, interpuesto por SANDY ROSA CABADA NAPURI contra la comunicación notificada con fecha 28 de febrero de 20221 , mediante la cual la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE FISCALIZACIÓN LABORAL-SUNAFIL atendió la solicitud de acceso a la información pública presentada con Hoja de Ruta N° 26284 -2022 de fecha 17 de febrero de 2022.
El 17 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la entrega de información vía correo electrónico, de la siguiente documentación:
“1. Copia de la denuncia, así como de sus anexos interpuesta por Ricardo Cabada Martínez, contra Hernández Cabezudo Marco Antonio, por supuesta afectación de mis derechos laborales.
2.-Copia de la Orden de Inspección N° 1127-2022-SUNAFIL/ILM.
3.-Se me informe el estado actual de dicha queja y a cargo de que persona se encuentra dicho expediente (queja).”
Mediante comunicación de fecha 28 de febrero de 2022, la entidad denegó la entrega de la información requerida al considerarla confidencial, en aplicación del “inciso 3 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, precisando que la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana, ha informado que la “Orden de Inspección N° 1127-2022, de acuerdo al Sistema Informático de Inspección de Trabajo - SIIT se encuentra a la fecha en proceso de investigación”.
El 17 de febrero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó la entrega de información vía correo electrónico, de la siguiente documentación:
“1. Copia de la denuncia, así como de sus anexos interpuesta por Ricardo Cabada Martínez, contra Hernández Cabezudo Marco Antonio, por supuesta afectación de mis derechos laborales.
2.-Copia de la Orden de Inspección N° 1127-2022-SUNAFIL/ILM.
3.-Se me informe el estado actual de dicha queja y a cargo de que persona se encuentra dicho expediente (queja).”
Mediante comunicación de fecha 28 de febrero de 2022, la entidad denegó la entrega de la información requerida al considerarla confidencial, en aplicación del “inciso 3 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública”, precisando que la Sub Intendencia de Actuación Inspectiva de la Intendencia de Lima Metropolitana, ha informado que la “Orden de Inspección N° 1127-2022, de acuerdo al Sistema Informático de Inspección de Trabajo - SIIT se encuentra a la fecha en proceso de investigación”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala