Resolución N.° 000713-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

30 de marzo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación N° 00422-2022-JUS/TTAIP de fecha 21 de febrero de 2022, interpuesto por ENRIQUE ALONSO SÁNCHEZ HUARANCCA contra la Carta N° 108-2022-SGTDAC-SG/MDMM, notificada el 17 de febrero de 2022, mediante la cual la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR comunicó la prórroga del plazo legal para atender el ítem 2) de su solicitud de acceso a la información pública presentada con Expediente N° 960-2022 de fecha 15 de febrero de 2022.
Con fecha 15 de febrero de 2022, en ejercicio del derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó copia de la siguiente información:
“1) Términos de referencia emitidos por SGTDYA en el año 2022 (2022)
2) Ordenes de servicio de personal locador de la SGTDYA correspondiente al año 2022 (2022)
3) Resoluciones de licencia emitidas a favor de la SGCADE entre los meses de julio a diciembre de 2022 [sic]”.
Mediante Carta N° 108-2022-SGTDAC-SG/MDMM, notificada el 17 de febrero de 2022, la entidad, comunicó al recurrente la prórroga del plazo para la atención del ítem 2) de su solicitud hasta el 6 de setiembre de 2022, debido a la falta de recursos humanos, amparando dicha decisión en virtud de lo informado por la Sub Gerencia de Tecnología y Control Patrimonial, mediante el Memorando N° 096-2022-SGTYCP/GAF-MDMM y, lo dispuesto en el “inciso g) del artículo 11° del T.U.O. de la Ley 27806” y el “artículo 15-B del Reglamento de la Ley de Transparencia (…)”.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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