Resolución N.° 002889-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA
28 de diciembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02529-2021-JUS/TTAIP de fecha 25 de noviembre de 2021, interpuesto por MIGUEL EDUARDO AGUILAR MEDINA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante la ENTIDAD PRESTADORA DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO DE TACNA – EPS TACNA S.A. con Código N° 014628-283 de fecha 26 de octubre de 2021.
Con fecha 26 de octubre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad copias simples de la siguiente información:
“(…) copias de todas las notas de requisición, de los meses de setiembre y octubre del presente año, que se elaboraron en el almacén de obra, de la obra ‘Creación de los servicios de agua potable y alcantarillado en la asociación de vivienda Villa del Sur Hábitat, distrito coronel Gregorio Albarracín Lanchita, provincia de Tacna, departamento de Tacna’, que dirige el Ing. Edwin Huanca.” (sic)
Con fecha 25 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, agregó que el referido ingeniero “(…) depende de la Div. De Obras, que a su vez depende de la Gerencia de Ingeniería”.
Mediante la Resolución N° 002769-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión delexpediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Con fecha 26 de octubre de 2021, el recurrente solicitó a la entidad copias simples de la siguiente información:
“(…) copias de todas las notas de requisición, de los meses de setiembre y octubre del presente año, que se elaboraron en el almacén de obra, de la obra ‘Creación de los servicios de agua potable y alcantarillado en la asociación de vivienda Villa del Sur Hábitat, distrito coronel Gregorio Albarracín Lanchita, provincia de Tacna, departamento de Tacna’, que dirige el Ing. Edwin Huanca.” (sic)
Con fecha 25 de noviembre de 2021, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo, el recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis. Asimismo, agregó que el referido ingeniero “(…) depende de la Div. De Obras, que a su vez depende de la Gerencia de Ingeniería”.
Mediante la Resolución N° 002769-2021-JUS/TTAIP-SEGUNDA SALA, se admitió a trámite el citado recurso impugnatorio y se requirió a la entidad la remisión delexpediente administrativo correspondiente y la formulación de sus descargos, sin que a la fecha de la emisión de la presente resolución haya presentado documentación alguna.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Segunda Sala