Resolución N.° 000694-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
29 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación Nº 00454-2022-JUS/TTAIP de fecha 24 de febrero de 2022, interpuesto por LOCALES AT S.A.C contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA con fecha 20 de enero de 2022.
Con fecha 20 de enero de 2022, la recurrente solicitó a la entidad que le envíe por correo electrónico la siguiente información: “Enviar copia del dispositivo legal y precisar en qué artículos establece explícitamente las razones por las que en el Lote 16 Mz. N Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec Sector D G.R D2, Ventanilla; no se podría tramitar una licencia de funcionamiento por alguno de estos giros: Casa de Juegos Azar y Apuestas, Venta de Boletos de Lotería, Juegos de azar y apuesta, Apuestas Deportivas u otros relacionados al giro apuestas. Asimismo, señalar y precisar que tipo de zonificación corresponde a la dirección señalada en el párrafo anterior ”.
Con fecha 24 de febrero de 2022, al no mediar respuesta a la solicitud, la recurrente consideró denegada la información y en aplicación del silencio administrativo negativo, presentó a esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 00542-2022-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 15 de marzo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con fecha 22 de marzo de 2022 mediante Oficio N° 31- 2022-MDV/SG señalando que a la fecha la solicitud esta siendo atendida por la Gerencia de Desarrollo Económico; asimismo, adjunta el Memorando N° 97- 2022/MDV-SG de fecha 26 de enero de 2022 mediante el cual se requirió la información a la Gerencia de Asentamientos Humanos, y el Memorando N° 88- 2022/MDV-GAH mediante el cual dicha área informa no ser competente para conocer la información requerida.
Con fecha 20 de enero de 2022, la recurrente solicitó a la entidad que le envíe por correo electrónico la siguiente información: “Enviar copia del dispositivo legal y precisar en qué artículos establece explícitamente las razones por las que en el Lote 16 Mz. N Proyecto Piloto Nuevo Pachacútec Sector D G.R D2, Ventanilla; no se podría tramitar una licencia de funcionamiento por alguno de estos giros: Casa de Juegos Azar y Apuestas, Venta de Boletos de Lotería, Juegos de azar y apuesta, Apuestas Deportivas u otros relacionados al giro apuestas. Asimismo, señalar y precisar que tipo de zonificación corresponde a la dirección señalada en el párrafo anterior ”.
Con fecha 24 de febrero de 2022, al no mediar respuesta a la solicitud, la recurrente consideró denegada la información y en aplicación del silencio administrativo negativo, presentó a esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.
Mediante la Resolución N° 00542-2022-JUS_TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 15 de marzo de 2022 se admitió a trámite el referido recurso impugnatorio y se requirió a la entidad remitir el expediente administrativo y la formulación de sus descargos, los cuales fueron presentados con fecha 22 de marzo de 2022 mediante Oficio N° 31- 2022-MDV/SG señalando que a la fecha la solicitud esta siendo atendida por la Gerencia de Desarrollo Económico; asimismo, adjunta el Memorando N° 97- 2022/MDV-SG de fecha 26 de enero de 2022 mediante el cual se requirió la información a la Gerencia de Asentamientos Humanos, y el Memorando N° 88- 2022/MDV-GAH mediante el cual dicha área informa no ser competente para conocer la información requerida.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala