Resolución N.° 000659-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
25 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00336-2022-JUS/TTAIP de fecha 9 de febrero de 2022, interpuesto por ROSARIO LILIANA VENEGAS MANSILLA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo por parte de la MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA, según alega la recurrente, respecto de su solicitud de acceso a la información pública presentada con Registro N° 2022-0008889 de fecha 19 de enero de 2022.
Con fecha 19 de enero de 2022 la recurrente solicitó a la entidad la documentación sustentadora que se elaboró para la implementación del sistema de gestión antisoborno ISO 37001, incluyendo los entregables presentados por la empresa encargada de efectuar dicha implementación.
Con fecha 9 de febrero de 2022 la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, añadiendo que la entidad mediante correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2022, que notificó el Memorando N° D000232- 2022-MML-GA-SLC, le requirió la precisión de su solicitud, considerando dicho requerimiento extemporáneo, además de que su pedido es claro.
Mediante Resolución 000519-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 11 de marzo de 20221 se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, remitiendo a este colegiado en la fecha el respectivo expediente administrativo, manifestando que solicitó a la recurrente la precisión de su solicitud mediante correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2022.
Con fecha 19 de enero de 2022 la recurrente solicitó a la entidad la documentación sustentadora que se elaboró para la implementación del sistema de gestión antisoborno ISO 37001, incluyendo los entregables presentados por la empresa encargada de efectuar dicha implementación.
Con fecha 9 de febrero de 2022 la recurrente presentó ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo, añadiendo que la entidad mediante correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2022, que notificó el Memorando N° D000232- 2022-MML-GA-SLC, le requirió la precisión de su solicitud, considerando dicho requerimiento extemporáneo, además de que su pedido es claro.
Mediante Resolución 000519-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA de fecha 11 de marzo de 20221 se admitió a trámite el citado recurso de apelación y se requirió a la entidad la remisión del expediente administrativo generado para la atención de la referida solicitud de acceso a la información pública y la formulación de sus descargos, remitiendo a este colegiado en la fecha el respectivo expediente administrativo, manifestando que solicitó a la recurrente la precisión de su solicitud mediante correo electrónico de fecha 4 de febrero de 2022.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala