Resolución N.° 000653-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
25 de marzo de 2022
VISTO el Expediente de Apelación N° 00296-2022-JUS/TTAIP de fecha 4 de febrero de 2022, interpuesto por MARIA ELIZABETH CHUMBES CABRERA, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de su solicitud de acceso a la información pública presentada ante el INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO - INPE de fecha 31 de diciembre de 2021.
Con fecha 31 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) cuantos bebes nacidos se registraron en el establecimiento penitenciario de mujeres de Cusco desde 01 de enero del 2020 hasta el 31 de julio de 2021 dividido por meses incluyendo partos fuera y dentro, pero cuyas madres eran internas, cuya información será utilizada con fines académicos (…)”
Con fecha 4 de febrero de 2022 la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000511-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido descargo alguno.
Con fecha 31 de diciembre de 2021, la recurrente solicitó a la entidad la siguiente información: “(…) cuantos bebes nacidos se registraron en el establecimiento penitenciario de mujeres de Cusco desde 01 de enero del 2020 hasta el 31 de julio de 2021 dividido por meses incluyendo partos fuera y dentro, pero cuyas madres eran internas, cuya información será utilizada con fines académicos (…)”
Con fecha 4 de febrero de 2022 la recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud en aplicación del silencio administrativo negativo.
Mediante Resolución 000511-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la remisión del expediente administrativo y la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya remitido descargo alguno.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala