Resolución N.° 002567-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA
7 de diciembre de 2021
VISTO el Expediente de Apelación N° 02482-2021-JUS/TTAIP de fecha 18 de noviembre de 2021, interpuesto por VILMA ESPERANZA CHAVEZ CABRERA, contra la respuesta brindada mediante la Carta Informativa N° 006-2021-REGPOL LIMA/DIVPOL CENTRO01-CC y el Dictamen N° 1744-2021-REGPOL-LIMA/UNIASJUR, notificados el 6 de noviembre de 2021, a través de los cuales la POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ - REGIÓN POLICIAL LIMA, atendió la solicitud de acceso a la información pública de fecha 7 de octubre de 2021.
Con fecha 7 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad “(…) información documentada sobre la situación policial del Suboficial Superior PNP YOENO EDUARDO MURRUGARRA CORALES del 07 de noviembre del 2017, en el DEPARTAMENTO De INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA PNP – CARABAYLLO, del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; además de COPIAS AUTENTICADAS de los siguientes documentos:
• El Rol de Servicios del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – CARABAYLLO, del día 7 de noviembre del 2017.
• Del Cuaderno de Movimiento de Personal del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – Carabayllo, del día 7 de noviembre de 2017.
• De la papeletas u órdenes de comisiones de servicios del Personal del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – Carabayllo del 2017”. (Subrayado agregado)
A través de la Carta Informativa N° 006-2021-REGPOL LIMA/DIVPOL CENTRO01-CC, notificada el 6 de noviembre de 2021, la entidad comunicó a la recurrente que “(…) respecto a la solicitud de Información de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sobre el Efectivo Policial Superior PNP Yoeno Eduardo MURRUGARRA CORALES del 2017 en el DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA PNP – CARABAYLLO, del día 7 de Noviembre del 2017, se le hace de conocimiento mediante el DICTAMEN N° 1744-2021-REGPOL-LIMA/UNIASJUR”.
Con fecha 7 de octubre de 2021, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, la recurrente solicitó a la entidad “(…) información documentada sobre la situación policial del Suboficial Superior PNP YOENO EDUARDO MURRUGARRA CORALES del 07 de noviembre del 2017, en el DEPARTAMENTO De INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA PNP – CARABAYLLO, del distrito de Carabayllo, provincia y departamento de Lima; además de COPIAS AUTENTICADAS de los siguientes documentos:
• El Rol de Servicios del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – CARABAYLLO, del día 7 de noviembre del 2017.
• Del Cuaderno de Movimiento de Personal del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – Carabayllo, del día 7 de noviembre de 2017.
• De la papeletas u órdenes de comisiones de servicios del Personal del Dpto. de Investigación Criminal de la PNP – Carabayllo del 2017”. (Subrayado agregado)
A través de la Carta Informativa N° 006-2021-REGPOL LIMA/DIVPOL CENTRO01-CC, notificada el 6 de noviembre de 2021, la entidad comunicó a la recurrente que “(…) respecto a la solicitud de Información de Transparencia y Acceso a la Información Pública, sobre el Efectivo Policial Superior PNP Yoeno Eduardo MURRUGARRA CORALES del 2017 en el DEPARTAMENTO DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL DE LA PNP – CARABAYLLO, del día 7 de Noviembre del 2017, se le hace de conocimiento mediante el DICTAMEN N° 1744-2021-REGPOL-LIMA/UNIASJUR”.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala