Resolución N.° 002628-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

13 de diciembre de 2021

VISTO el Expediente de Apelación N° 02381-2021-JUS/TTAIP de fecha 9 de noviembre de 2021, interpuesto por EPIMACO ROLANDO GUTIÉRREZ MANCHEGO contra la Carta N° 035-2021- RBIP-A/MPMN de fecha 03 de noviembre de 2021, mediante el cual la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL MARISCAL NIETO dio respuesta a su solicitud de acceso a la información pública de fecha 5 de octubre de 2021.
Con fecha 5 de octubre de 2021 el recurrente solicitó a la entidad copia fedateada de lo siguiente: “ 1.- Solicito copia del informe N° 1149 -2020-SGPBS/GA/GM/MPMN fecha del 31-12-2020 Sugerencia de Personal y Bienestar Social. 2.- Solicito copia del Informe N° 29-2021-AR/SPBS/GA/GM/MPMN Área de Remuneraciones”.
Mediante la Carta N° 035-2021- RBIP-A/MPMN de fecha 03 de noviembre de 2021, la entidad le comunica al recurrente que “(…) la información ha sido solicitada a la Sugerencia de Personal Bienestar Social mediante informe N° 160-2021 RBIP-A/MPMN con fecha 6/10/2021, dentro de los plazos establecidos por Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública y hasta la fecha no se ha recepcionado respuesta alguna por parte de la sugerencia y no ha solicitado prórroga de atención (…)”.
Con fecha 9 de noviembre del año en curso el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis, al considerar denegada su solicitud sin fundamento alguno e indica que la información solicitada no constituye información clasificada, reservada ni confidencial.
Mediante Resolución 002513-2021-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA se admitió a trámite el referido recurso de apelación, solicitando a la entidad la formulación de sus descargos sin que a la fecha haya presentado documentación alguna.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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