Resolución N.° 000451-2022-JUS/TTAIP-PRIMERA SALA

4 de marzo de 2022

VISTO el Expediente de Apelación Nº 00228-2022-JUS/TTAIP de fecha 31 de enero de 2022, interpuesto por MATÍAS ANDRÉ DEXTRE IZQUIERDO, contra la denegatoria por silencio administrativo negativo de la solicitud de acceso a la información pública presentada ante la EMPRESA REGIONAL DE SERVICIO PÚBLICO DE ELECTRICIDAD DEL ORIENTE S.A. el 4 de enero de 2022.
Con fecha 4 de enero de 2022, en ejercicio de su derecho de acceso a la información pública, el recurrente solicitó a la entidad se le proporcione “(…) la versión firmada del reciente contrato de suministro de energía/Power Purchase Agreement (PPA) suscrito entre Electro Oriente S.A. y la Empresa EDF Renewables.
Para mayores referencias, me refiero al contrato mencionado en el siguiente artículo:
https://www.bnamericas.com/en/news/edf-renewables-wins-a-microgrid-tender-inperu-combining-solar-power-generation-and-sotarge-to-supply-the-biggest remotecity-in-the-world”.
El 31 de enero de 2022, al considerar denegada la referida solicitud y en aplicación del silencio administrativo negativo por parte de la entidad, el recurrente interpuso ante esta instancia el recurso de apelación materia de análisis.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones de Fondo - Primera Sala

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